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Economía
04/12/2024 | Hace 23 horas

Naftas: nueva suba en los biocombustibles agrega más presión sobre los precios en surtidor

Naftas: nueva suba en los biocombustibles agrega más presión sobre los precios en surtidor
Las naftas subieron el domingo merced de la actualización de los Impuestos a los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, el aumento del precio del barril de petróleo y la devaluación del peso. Ahora se suma el encarecimiento de los biocombustibles

El gobierno de Javier Milei habilitó el pasado martes una nueva suba en los precios de los biocombustibles que, tal como sucede en cada ocasión que esto ocurre, es trasladada de manera automática por las compañías petroleras a los precios de las naftas que pagan los automovilistas en el surtidor.

Así quedó plasmado en las Resoluciones 392/2024 y 393/2024 publicados hoy en el Boletín Oficial con la firma de la Secretaria de Energía de la Nación, María Carmen Tettamanti.

En la primera de ellas se dispuso que se fije “en 703,804 pesos por litro el precio mínimo de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar destinado a su mezcla obligatoria con nafta”.

También se fijó “en 645,061 pesos por litro el precio mínimo de adquisición del bioetanol elaborado a base de maíz destinado a su mezcla obligatoria con nafta”.

En ambos casos este nuevo precio comenzará a regir “para las operaciones a llevarse a cabo durante el mes de diciembre de 2024 y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace”. Se dispuso además que el plazo de pago del bioetanol no podrá exceder, en ningún caso, los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.

En tanto la Resolución 393/2024 fijó “en 1.064.595 pesos por tonelada el precio mínimo de adquisición del biodiesel destinado a su mezcla obligatoria con gasoil”.

El nuevo precio rige “para las operaciones a llevarse a cabo durante el mes de diciembre de 2024 y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace”. Se dispuso además que el plazo de pago del biodiesel no podrá exceder, en ningún caso, los 7 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.

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