Seguinos

Judiciales
14/10/2024

Con duras críticas a los fiscales, un juez liberó a los acusados de un sonado caso

Con duras críticas a los fiscales, un juez liberó a los acusados de un sonado caso
Se trata de la desaparición de una mujer en Amaicha del Valle. se la dio por muerta y se detuvo a su hija y a su nuero, pero ambos ya están libres.

El juez Mario Velázquez, del Centro Judicial de Monteros, determinó la liberación de una pareja, acusados de haber ultimado a Sonia Angelina Mamaní (45) de Amaicha del Valle, por lo que el caso, que aún conmueve a Tucumán desde mediados del año pasado, seguirá impune.

El magistrado puso el acento en las graves falencias registradas durante el proceso de instrucción de la supuesta muerte de la mujer, madre de dos hijas, cuyo paradero se ignora desde la noche del 28 julio del 2023 cuando partió de su casa sin decir hacia donde se dirigía y sin que nada se sepa de ella desde entonces.

Tras plantear varios cuestionamientos en la causa, el magistrado notificó al Ministro Fiscal Edmundo Jiménez acerca de lo que identificó como una “falta grave cometida por el fiscal Daniel Marcelo Leguizamón en el ejercicio de sus funciones”.

Muchos fiscales, poca pericia

El investigador mencionado es uno de los tres que tomaron parte en el proceso y fue apuntado por el juez al advertir que “habría ocultado al Tribunal información que favorecería la situación de los imputados”.

Lo ahora liberados no estaban detenidos al momento de comenzar el juicio, ya que Velázquez había desestimado tiempo atrás la solicitud del organismo acusador.

La Unidad Fiscal de Decisión Temprana guidada por Mariano Fernández, fue la que luego de un complejo proceso de investigación, dispuso acusar a la hija de la desparecida, Ana Janet Mamaní, y a su pareja, Nahuel Nieva.

Les endilgaron la culpa de haber trasladado a Sonia en una camioneta desde su casa hasta un descampado de los valles, donde la habrían golpeado hasta matarla para luego ocultar sus restos.

Un relato cuanto menos dudoso y sin más pruebas
Esta hipótesis, según el magistrado, solo fue sostenida con un audio que brindó como prueba Ceferino Mamaní (hermano de la mujer desaparecida), en el que una de las hijas de la víctima, quien sufriría problemas mentales, describe la forma en que habría sido ultimada su madre.

Velázquez remarcó que en Cámara Gesell “la declarante informó que ella guardó la sábana donde envolvieron a su madre, y entregó dicha sábana a un policía”, pero que “por lo menos conforme fue informado a este Tribunal, dicha sábana no fue secuestrada, y ese o esa policía tampoco fue identificado hasta este momento del proceso”.

El juez expuso también que “se produjo el secuestro de la camioneta que supuestamente fue usada para mover a la víctima y encontrándose el rodado en poder del Ministerio Público durante meses, se le realizaron diversas medidas de prueba, todas con resultado negativo”.

Al sumar otras falencias del proceso, advirtió que “existen incorporados en el legajo tres testigos que, en principio, habrían visto pasar a la persona cuyo paradero aún hoy es desconocido, que declararon frente a efectivos policiales y, sin embargo, el Ministerio Público no hizo absolutamente nada para seguir con esta línea de investigación”.

También destaca el juez que “si se hubiera corroborado este extremo, o por lo menos, se hubiera puesto un poco de recelo en verificar o descartar esta información, la pregunta surge evidente: ¿Cómo es posible que la intimación de los hechos hable de un homicidio entre los días 28 y 29 de julio, cuando la misma víctima habría estado caminando al otro día del hecho entre el límite de Tucumán y Catamarca, a 28 kilómetros de su domicilio?”.

Luego enfatiza el juez: “¿cómo hubiera transcurrido la investigación si estas tres personas, hubieran sido entrevistadas por el MPF, brindaban más detalles de calidad que, quizás, se habría podido dar con el paradero de quien hoy aún se encuentra desaparecida?”.

Evidencias insuficientes
Para Velázquez entonces “surge de forma clara, que las evidencias probatorias colectadas por el MPF durante la investigación penal preparatoria, no solo no resultan suficientes para, ni siquiera, empezar a conmover el estado de inocencia de los imputados, sino que las mismas evidencias ordenadas y realizadas por el órgano de acusación contradicen su propia teoría del caso y versión de los hechos”.

Para el juez no quedan dudas de que “los días y horas del hecho intimado por la Unidad Fiscal de Decisión Temprana, el imputado Nieva no se encontraba en la provincia de Tucumán, al igual que la camioneta Toyota de color negro que manejaba, por lo que la materialidad del hecho, en los términos acusados y sostenidos durante más de un año por el Ministerio Público es de imposible realización”.

Durante la audiencia, el magistrado no hizo lugar a la suspensión de esta por falta de comparecencia del querellante Ceferino Mamaní, ni al cuarto intermedio solicitado por la auxiliar fiscal Carla Rojas, para preparar su oposición al pedido de sobreseimiento. Argumentó que desconocía que se iba pedir esa medida a favor de los imputados.

“Jamás un auxiliar fiscal, por más que sea la primera audiencia que asista en el marco de un legajo, puede expresar que desconoce el legajo de investigación, porque suponía que la audiencia iba a versar sobre otro tema, máxime cuando la defensa no expresó en ningún momento, ni mucho menos en la solicitud de audiencia, que el sobreseimiento lo iban a requerir. Y aún si así hubiera sido, lo cierto es que el sobreseimiento procede a pedido de parte en cualquier estado del proceso”, remarcó el magistrado.

“Sin perjuicio de lo expuesto, entiendo que lo sucedido en esta audiencia es otra muestra más del defecto intrínseco que la delegación de funciones tiene en sí misma” enfatizó Velázquez.

Luego agregó que “amén de lo que ya expresé en reiteradas oportunidades acerca de esta cuestión, lo cierto es que, en este legajo participaron de audiencias el fiscal Leguizamón; Eduardo Bórquez, en representación del fiscal Diego Hevia y luego en representación de otro fiscal titular, Fernández, los auxiliares César Larry, Bernardo Sassi y Carla Rojas”.

Como epílogo el juez Velazquez subrayó que el Tribunal realizó audiencias con cinco personas distintas, a su vez representantes de tres fiscales titulares.

“En el día de la fecha, quedó claramente demostrado que esta delegación constante de la investigación trae sólo consecuencias perjudiciales al desarrollo de la misma, cuyo único fin es acercarnos lo máximo posible a la verdad material de lo sucedido, en el caso, con la señora Sonia”, finalizó, dejando en claro que elmparadero de Sonia Angelina Mamaní y la suerte que pueda haber corrido tras más de un año de ausencia, seguirán siendo un doloroso misterio.

Compartir